La soberania territeral, puede definirse como el poder que ejercen los Estados sobre su territorio, en el cual se desenvuelven y fomentan su cultura y lo someten a sus legislaciones y protegen de la intervención de agentes extranjeros. Rojas Amadi en su libro de Derecho Internacional público expone lo siguiente " Por el concepto de soberanía territorial se entiende la competencia exclusiva
de un Estado para llevar a cabo actos soberanos dentro de su territorio.
Esto significa que, en principio, todas las personas que se encuentran en el
territorio del Estado no solamente los nacionales del Estado se encuentran
bajo el poder soberano del Estado" .
Como siempre en el derecho cual fuere su rama existe una excepción a la regla, no quedan sometido en parte y según sea el caso aquellas personas que gocen de inmunidad diplomática y los jefes de Estado Extranjeros (los cuales de igual manera gozan de inmunidad diplomática).
El principio de soberanía territorial en sentido negativo significa que,
los Estados extranjeros sólo mediante autorización del Estado pueden llevara
a cabo actos soberanos en el territorio de éste. Este sería el caso, por
ejemplo, de un emplazamiento judicial hecha por un tribunal extranjero a
una persona que se encuentra en el territorio del Estado.
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